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Respuesta de la SBS sobre cambios de taza de interés de tarjeta de credito por parte de un Banco


Hace unos meses, el banco emisor de una tarjeta de crédito me informó que se modificaría la taza de interés de mi tarjeta. ¿El motivo? Nunca me lo explicaron, simplemente lo aumentaron. En la comunicación me indicaban que si deseaba podía cancelar la deuda y listo.

Me llamó mucho la atención, ya que nunca me dijeron porque aumentaban la taza de interés. Ante esto decidí escribir a la SBS para preguntar si esto es posible. Y aquí la respuesta, en la cual, me dicen que sí es posible y lo estipula el reglamento.

Es una lastima que el sistema financiero actue asi ¿Verdad?. Los bancos pueden modificar los términos previo aviso, pero nosotros como clientes ¿Podemos modificar también los terminos previo aviso?. Este es un tema muy delicado, ya que los banco esperan que tengas deuda para aumentar la taza de interés. Esto se traduce en mayores ganancias hacia ellos, sin el mas minimo esfuerzo.

Obviamente los sectoristas te dicen que eso no sucedera, pero nunca te lo dan por escrito, todo es verbal, porque luego cuando quieres reclamar te dirán que la persona no esta autorizada o que lo que te dijo estaba mal o simplementa la despiden y problema resuelto. Al final el banco siempre se queda con una deuda que coloca a una taza baja y luego la subio asi de simple.

Aquí el email que comparto con todos ustedes. Cada quien saque sus propias conclusiones.

Saludos

===================

Estimado Sr.:
En relación a su consulta, permítanos informarle que conforme los artículos 4° y 6° del Reglamento de transparencia de información y disposiciones aplicables a la contratación con usuarios del sistema financiero, aprobado por Resolución SBS N° 1765-2005, las empresas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, pueden determinar libremente las tasas de interés compensatorio y moratorio así como las comisiones y gastos para sus operaciones activas y pasivas.
Asimismo, conforme al artículo 21° del Reglamento las empresas deberán informar a sus clientes la modificación de las tasas de interés en forma previa cuando se trate de incrementos en el caso de las operaciones activas y cuando se trate de reducciones en el caso de las operaciones pasivas. La respectiva comunicación deberá ser efectuada con una anticipación no menor a quince (15) días calendario, indicando la fecha o el momento, a partir del cual, la modificación entrará en vigencia.

Esta disposición no se aplica cuando se hubiera pactado con el cliente una tasa de interés que dependa de un factor variable, salvo que se trate de un cambio de tasa de referencia en cuyo caso se procederá con la comunicación previa dentro del plazo indicado en el párrafo precedente, indicando la fecha o el momento, a partir del cual, la modificación entrará en vigencia.


En este sentido, se aplicarán válidamente las modificaciones relacionadas a tasas de interés que le sean comunicadas por la empresa del sistema financiero con la que ha contratado. No obstante, debe conocer que existe la posibilidad de que los clientes cancelen anticipadamente el total de sus créditos en caso estas modificaciones no les sean convenientes (cancelación anticipada de  su crédito y resolución del contrato de tarjeta de crédito).


Para cualquier consulta adicional, lo esperamos en nuestras oficinas de atención ubicadas en Lima: Jr. Junin 270 - Cercado de Lima, Arequipa: Calle Los Arces N° 302 Cayma (Ref. calle diagonal entre Av. Ejercito y Av. Trinidad Morán) y Piura: Jr. Prócer Merino N° 101 esquina con Av. Richard Cushing - Urb. Club Grau - Piura, de lunes a viernes de 8:45 a.m. a 4:45 p.m. o bien llamando a nuestras líneas de consultas 0800-10840 (gratuito a nivel nacional) o 428-0555 de 8:45 a.m. a 5:00 p.m. que gustosamente lo atenderemos.


Muchas gracias por su comunicación


PLATAFORMA DE ATENCION AL USUARIO

DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y AFP
-----Mensaje original-----

Para: PAU

Asunto: Sistema Financiero


Fecha de envío: X/XX/2012

Tema     : TARJETAS DE CREDITO
Motivo    : MODIFICACION DE LAS TASAS DE INTERES, COMISION, U OTRAS CONDICIONES PACTADAS
Comentarios   :

Estimados, deseó saber que puedo hacer ante el cambio de la taza de interés en mi tarjeta de crédito por parte del banco donde tengo una tarjeta de crédito. Ellos pueden hacer eso?


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Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs. Lima, Peru. http://www.sbs.gob.pe


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